MÓDULOS O ESTIMACIÓN DIRECTA

¿Quieres darte de alta como autónomo y se te hace complicado elegir entre módulos o estimación directa? La elección entre estimación directa y régimen de módulos es crucial para determinar cómo calcularás y pagarás tus impuestos. Ambos métodos tienen sus propias características y se aplican en diferentes situaciones.

Tributar por módulos o estimación directa, tiene importantes implicaciones fiscales. Pero cuidado, no todos los autónomos pueden tributar por módulos.

¡En este artículo te daremos todas las herramientas necesarias para que elijas con seguridad!

QUÉ ES ESTIMACIÓN DIRECTA

En el método de tributación de estimación directa, declararás tus ingresos reales obtenidos, deduciendo los gastos efectivamente realizados durante el período fiscal. Este método permite una mayor precisión en la determinación del resultado económico de tu actividad empresarial o profesional.

Características Principales

  • Precisión: La estimación directa proporciona una visión detallada de los ingresos y gastos reales de la actividad económica, lo que permite una determinación más precisa de la base imponible y por lo tanto, del impuesto a pagar.
  • Contabilidad Completa: Requiere llevar una contabilidad exhaustiva y mantener registros precisos de todas las operaciones relacionadas con la actividad. Es muy importante no olvidar ningún gasto deducible, ya que todo gasto olvidado conlleva un pago superior de impuestos.
  • Flexibilidad: Permite la deducción de una amplia gama de gastos, siempre que estén afectos a la actividad económica, lo que puede resultar en una carga tributaria más baja en comparación con el régimen de módulos, en ciertos casos.
  • Cómo se calcula: Durante el año irás pagando unos pagos a cuenta del IRPF a través del modelo 130 y posteriormente pasarás cuentas con Hacienda en tu Declaración de la renta.

Cómo se calcula

Si tributas en Estimación directa, con carácter general tendrás que presentar dos impuestos trimestrales: el pago del IVA, a través del modelo 303, y el pago fraccionado del IRPF, a través del modelo 130.

A continuación te explicamos de una manera concisa y sencilla cómo se calculan estos dos impuestos:

Para saber lo que pagarás trimestralmente a través del modelo 130,  el cálculo es muy sencillo, ya que sólo debes de multiplicar tu rendimiento por un 20%.

Rendimiento = Ingresos de la actividad – Gastos Deducibles

Y en cuanto al IVA, el importe a pagar por el modelo 303, será la diferencia entre el IVA cobrado a tus clientes menos el IVA que has pagado a tus proveedores.

RÉGIMEN DE MÓDULOS

Si tributas por módulos, tus impuestos los calcularás mediante la aplicación de una serie de coeficientes y parámetros, independientemente de la realidad de tu negocio. Estos coeficientes están diseñados para simplificar el proceso de declaración y tributación, especialmente para pequeños empresarios y profesionales. Su aplicación puede ser muy ventajosa en determinados casos, pero no siempre será así.

Características Principales

  • Simplicidad: El régimen de módulos simplifica el proceso de las declaraciones trimestrales, ya que el cálculo se establece por coeficientes o módulos fijos basados en diferentes criterios en función de cada actividad económica, pero ojo, porque no todos los autónomos pueden tributar por módulos.
  • Menor carga administrativa: Es más simple de gestionar, reduce las cargas administrativas para el contribuyente ya que no requiere una contabilidad detallada.
  • No refleja la imagen real: Al basarse en la aplicación de unos coeficientes no refleja la situación económica real de la actividad. Esta característica puede ser una ventaja para el contribuyente si su rendimiento real está por encima del calculado mediante esos coeficientes fijos, pero puede ser también un gran inconveniente si tu actividad no va muy bien y tu rendimiento se sitúa por debajo del calculado por módulos.

Cómo se calcula

Si estás en módulos, el pago fraccionado que deberás realizar en IRPF será a través del modelo 131 y en cuanto al IVA, si no estás acogido al recargo de equivalencia, el modelo que realizarás será el modelo 303.

Cada año se aprueba la llamada coloquialmente orden de módulos en la que se indican las actividades que pueden acogerse a módulos y se aprueban los coeficientes a utilizar.

Para entenderlo mejor, pongamos algunos ejemplo de los coeficientes que se utilizan:

  • Personal empleado (para cualquiera de las actividades)
  • Carga útil del vehículo (para transportistas)
  • Consumo de luz (para peluqueras/os, tiendas de ropa, tiendas de alimentación,…)
  • Metros cuadrados del local (para tiendas de ropa, tiendas de alimentación, reparaciones,…)
  • Mesas, metros de barra, potencia eléctrica, máquinas recreativas,… (para hostelería y restauración)

Pero tal y como te venimos advirtiendo, no todas las actividades pueden acogerse a módulos, ya que sólo podrán acogerse aquellas que figuren incluidas en la orden de módulos.

Aunque puedes consultar el listado de todas las actividades que pueden tributar bajo este régimen en la orden de módulos de 2024, algunas de las actividades comunes que suelen ser elegibles para tributar en módulos incluyen:

  1. Comercio Minorista: Pequeñas tiendas de alimentación, panaderías, tiendas de ropa, ferreterías,…
  2. Hostelería y Restauración: Bares, restaurantes, cafeterías y otros establecimientos de hostelería.
  3. Actividades Agrícolas y Ganaderas: Pequeñas explotaciones agrícolas y ganaderas, como la producción de frutas, hortalizas, cereales, o la cría de ganado.
  4. Actividades Forestales: La explotación forestal, como la producción de madera.
  5. Peluquería y Estética: Peluquerías, salones de belleza, centros de estética y actividades relacionadas con el cuidado personal.
  6. Reparaciones y Mantenimiento: Servicios de reparación de vehículos, mantenimiento de instalaciones, reparaciones de móviles y/o ordenadores,…
  7. Transporte de Mercancías y Viajeros: Actividades de transporte de mercancías por carretera o transporte de viajeros en autobús.

Hay que tener en cuenta que hay otras cuestiones que pueden impedirte tributar en módulos, como ciertos límites de facturación, así como a otras condiciones específicas establecidas por la legislación fiscal vigente (las llamadas magnitudes excluyentes). Por lo tanto, desde conasesorameinto.com te ofrecemos un asesoramiento personalizado donde estudiaremos tu caso concreto y te confirmaremos si tu actividad puede tributar bajo este régimen en el año 2024 y si en tu caso particular te conviene tributar por módulos o estimación directa.

PRINCIPALES PREGUNTAS QUE NOS REALIZAN NUESTROS CLIENTES

¿Se han prorrogado los módulos de 2023 para 2024?

Sí, la orden de módulos publicada para 2024 confirma la prórroga de los límites de ingresos para que los autónomos puedan tributar en módulos en 2024.

¿Los módulos no iban a desaparecer?

Desde Hacienda llevan varios años advirtiendo de la desaparición de los módulos, pero de momento los van prorrogando año tras año. Las últimas noticia indican que desean eliminarlos con un periodo transitorio de 3 a 5 años desde 2025. De cumplirse, los módulos como muy tarde desaparecerán en el 2030.

Los pagos de los módulos en IRPF, ¿cambian durante el año?

No, el importe del modelo 131 es el mismo durante los 4 trimestres. El importe se calcula en base a los datos a inicio de año y se mantienen durante el ejercicio.

¿Cuáles son los límites de facturación y de compras que no puedes sobrepasar para estar en módulos?

El volumen de tu facturación del año anterior no debe superar los 250.000 euros para el conjunto de actividades económicas, y no más de 125.000 euros cuando el destinatario es empresario o profesional. El límite también se fija en 250.000 euros para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales.
En el caso de los transportistas de mercancías, el límite que deben de cumplir es el de 125.000 euros.
Por lo que respecta a las compras, excluyendo las adquisiciones de inmovilizado, no deben superar los 250.000 euros anuales.
Ninguno de los límites incluye IVA.

Si renuncias a módulos en 2024, ¿podría el año siguiente tributar por módulos?

La respuesta es un rotundo NO, ya que Hacienda es muy estricta con este asunto. La renuncia tendrá efectos por un mínimo de 3 años. Es decir, hasta 2027 no podrás tributar por módulos. Y recuerda que si no rellenas el modelo 036/037 dentro del plazo legal (antes del 31 de Diciembre de 2026, en este caso) no podrás tributar por módulos, ya que la revocación de la renuncia no podrá realizarse de forma tácita.

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